ARBA vs. Fintech: ¿Impuesto a Billeteras Virtuales? La Verdad Revelada

ARBA aclara la polémica por Ingresos Brutos en billeteras virtuales

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) salió al cruce de lo que considera una campaña de desinformación orquestada por el sector fintech, particularmente Mercado Pago, en relación a la aplicación de Ingresos Brutos a las operaciones realizadas a través de billeteras virtuales.

Cristian Girard, titular de ARBA, desmintió categóricamente que se trate de un nuevo impuesto. Afirmó que la medida, que comenzará a regir el 1 de noviembre, simplemente extiende el sistema de retenciones ya existente para las operaciones bancarias a las billeteras virtuales, buscando equiparar las condiciones de competencia.

¿A quiénes afecta realmente esta medida?

Es crucial entender que esta retención no se aplica a cualquier usuario de billeteras virtuales. Solo afecta a aquellos comercios y profesionales que ya están inscriptos en Ingresos Brutos y que utilizan estas plataformas para cobrar por la venta de bienes o servicios. En otras palabras, si sos un usuario particular que usa la billetera virtual para transferir dinero a amigos o familiares, o para cargar saldo, no te verás afectado.

Según ARBA, el objetivo es evitar privilegios entre los diferentes medios de pago. Hasta ahora, los contribuyentes que operaban con bancos sufrían retenciones, mientras que aquellos que usaban billeteras virtuales no. Con este nuevo sistema, se busca que todos tengan el mismo tratamiento, tal como ya ocurre en 19 provincias del país.

Desmintiendo la “campaña de desinformación”

Girard acusó directamente a Mercado Libre y a Marcos Galperín de impulsar una campaña de desinformación para confundir a la gente. Según el funcionario, la empresa no estaría contenta con tener que competir en igualdad de condiciones con otros medios de pago, como Cuenta DNI.

La medida, implementada a través del Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), aplicará retenciones que oscilarán entre el 0,1% y el 5%, dependiendo de la actividad del contribuyente.

En resumen, si sos un contribuyente inscripto en Ingresos Brutos y usas billeteras virtuales para cobrar tus ventas, a partir de noviembre deberás tener en cuenta esta retención. Pero si sos un usuario particular, podés seguir usando tu billetera virtual con total normalidad.

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